//El TJUE exige que se igualen las indemnizaciones para los trabajadores españoles

El TJUE exige que se igualen las indemnizaciones para los trabajadores españoles

El TJUE exige que se igualen las indemnizaciones para los trabajadores españoles

Si eres uno de los 3.900.000 españoles que disponen de un contrato temporal estás de suerte. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha exigido que se igualen las indemnizaciones de los trabajadores temporales a los indefinidos y, en particular, las de los interinos. En la sentencia defiende que las indemnizaciones por despido deben ser iguales para todos, salvo que haya “razones objetivas”, y entre ellas no incluye el hecho de ser un trabajador temporal o indefinido.

La sentencia resuelve una cuestión prejudicial formulada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre la conformidad de la legislación española en el tratamiento de la indemnización por la extinción de contrato de los trabajadores temporales con el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, suscrito por la Confederación Europea de Sindicatos, el 18 de marzo de 1999, con las organizaciones empresariales europeas.

En la actualidad, el Derecho español establece diferencias entre las condiciones laborales de los trabajadores indefinidos y los temporales. Los contratados por tiempo indefinido tienen derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, mientras que los trabajadores contratados temporalmente disponen de 12 días. La normativa nacional, sin embargo, no reconoce derecho a indemnización alguna en el caso de los trabajadores que disponen de un contrato de interinidad cuando el mismo finaliza.

¿Y ahora qué? ¿Una nueva reforma? Esta nueva exigencia del TJUE tiene, sin duda, grandes repercusiones en nuestro sistema de relaciones laborales, por lo que este fallo podría obligar a modificar el Estatuto de los Trabajadores. La CC.OO (Confederación Sindical de Comisiones Obreras) ha emplazado al gobierno en funciones “a promover una reforma legal urgente que ajuste nuestra legislación al marco europeo” y ha asegurado que promoverá las acciones judiciales que estimen necesarias “para asegurar el pago de la indemnización a la totalidad de trabajadores que han visto extinguido su contrato en el último año».

¿A qué tipo de contratos se le aplica? Esta medida se aplicaría, en principio, a todos los contratos temporales que se hayan celebrado y que se encuentren vigentes en España, y a todos los que se celebren en un futuro. Ahora bien, el Ministerio de Empleo afirma que el lenguaje de la sentencia es difuso y que, aunque lo están estudiando, consideran que el Tribunal se refiere más bien a los trabajadores interinos en particular.

Ahora habrá que esperar… ¿A quién le toca mover ficha?

By |2016-09-26T14:21:53+00:00septiembre 26th, 2016|Laboral|0 Comments
Morenete & Asociados Consultores

Leave A Comment